-
Descargas 26
-
Asunto RESOL. N° 334-2024
-
Fecha Documento
-
Fecha Registro 2024-12-27 10:50:47
-
Resumen ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el artículo 85 del Reglamento Académico de la
Universidad Nacional Ciro Alegría, en el siguiente extremo:
Artículo 85º
El estudiante que ingresó por la modalidad de Graduados o Titulados (segunda
carrera), abona una pensión de enseñanza mensual de acuerdo a los rubros fijados
en el TUPA; excepcionalmente, el estudiante que ocupe el primer puesto del tercio
superior abonará únicamente el 50% del monto de la pensión mensual establecida
en el TUPA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del
Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en el portal
de transparencia de la página web institucional (www.unca.edu.pe).
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR al Despacho de Presidencia, Vicepresidencia
Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección de Bienestar Universitario,
Dirección de Servicios Académicos, para su conocimiento y acciones pertinentes.
RESOLUCION DE COMISIÓN ORGANIZADORA