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  • Asunto RESOLUCIÓN DE COMISION ORGANIZADORA N° 0157-2024/CO-UNCA
  • Fecha Documento 2024-04-17
  • Fecha Registro 2024-12-27 10:50:47
  • Resumen ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la modificación del artículo 22 del Reglamento de Asistencia y Permanencia del Personal Docente de la Universidad Nacional Ciro Alegría con eficacia anticipada al 11 de abril de 2024, en los siguientes términos: DICE: Artículo 22. El personal docente con régimen a dedicación exclusiva, tiempo completo y contratados debe registrar su asistencia a la hora de entrada y su hora de salida, de lunes a viernes, de 07:00 am a 01 :00 pm y de 02:30 pm a 5:50 pm, de tal manera que se cumpla con la jornada laboral de ocho (08) horas diarias de acuerdo a Ley. El personal docente con régimen a tiempo parcial registrará su asistencia de acuerdo a la carga académica asumida. DEBE DECIR: Artículo 22. El personal docente con régimen a dedicación exclusiva, tiempo completo y contratados debe registrar su asistencia a la hora de entrada y su hora de salida, de lunes a viernes, de tal manera que se cumpla con la jornada laboral de ocho (08) horas diarias de acuerdo a Ley. El personal docente con régimen a tiempo parcial registrará su asistencia de acuerdo a la carga académica asumida. ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución, al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Unidad de Recursos Humanos y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para su conocimiento y acciones pertinentes.

RESOLUCION DE COMISIÓN ORGANIZADORA