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Año Número Fecha Documento Acciones
151 2024 123 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 123-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR al Lic. Víctor Esteban Campos Urbano, Asesor de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Giro Alegría, la Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad, a partir de 02 de enero de 2025, con las responsabilidades inherentes al cargo. ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR al Lic. Víctor Esteban Campos Urbano, Asesor de la Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Giro Alegría, la Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad, a partir de 02 de enero de 2025, con las responsabilidades inherentes al cargo.
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152 2024 122 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 122-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 de la Universidad Nacional Ciro Alegría, el mismo que en anexo forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en e... ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 de la Universidad Nacional Ciro Alegría, el mismo que en anexo forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la página web institucional. ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente resolución, al Despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación y Oficina de Planeamiento y Presupuesto para conocimiento, cumplimiento y fines pertinente
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153 2024 121 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 121-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N. Ciro Alegría de acuerdo con lo siguiente: En Soles Gasto Corriente 16 363 705 Gasto de Capital 8 540 472 Total 24 904 177 El desagregado del gasto está de... ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N. Ciro Alegría de acuerdo con lo siguiente: En Soles Gasto Corriente 16 363 705 Gasto de Capital 8 540 472 Total 24 904 177 El desagregado del gasto está detallado en el Anexo 2 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Gastos”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público (DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas, y forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N. Ciro Alegría por fuentes de financiamiento de acuerdo con lo siguiente: En Soles Recursos Ordinarios 16 363 705 Recursos Determinados 8 540 472 Total 24 904 177 El desagregado del ingreso está detallado en el Anexo 1 “Presupuesto Institucional de Apertura de los Ingresos por Partidas”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que forma parte de la presente resolución. ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional correspondiente al año fiscal 2025, conforme se detalla en los Anexos 3 y 4 proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público y que forman parte de la presente resolución. ARTÍCULO CUARTO.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces del pliego 559: U.N. Ciro Alegría es responsable del seguimiento y control del proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos que lo financian, establecidos en los artículos 1 y 2 de la presente resolución. ARTÍCULO QUINTO.- Copia de la presente resolución es remitida a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público: Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, Contraloría General de la República, y Dirección General de Presupuesto Público. ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Presupuesto y Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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154 2024 120 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 120-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO. - SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, Docente Principal a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, en vista de encontrarse actualmente en trámite un proceso ante el Poder Judicial con el Expediente Judicial Nº00132-202... ARTÍCULO PRIMERO. - SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, Docente Principal a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, en vista de encontrarse actualmente en trámite un proceso ante el Poder Judicial con el Expediente Judicial Nº00132-2023-0-1608-JR-Cl-01 - Juzgado Civil Transitorio de Huamachuco. ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR a la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, al Tribunal de Honor, al despacho de Presidencia, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes. ARTÍCULO TERCERO. - Devolver el expediente y anexos al Tribunal de Honor, a fin lo mantenga en custodia.
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155 2024 119 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 119-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los docentes Dr. Jorge Wilmer E lías Silupu y Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, Docentes Auxiliares a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, por la presunta comisión de la Infracción grave de haber plagiado total ... ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los docentes Dr. Jorge Wilmer E lías Silupu y Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, Docentes Auxiliares a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, por la presunta comisión de la Infracción grave de haber plagiado total o parcialmente otros proyectos y/o programas, y falsificar datos para señalar el logro de los objetivos del Proyecto de RSU denominado: "Evaluación de la Calidad de Agua del Sistema de Abastecimiento y el Grado de Satisfacción en la Población de Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión", tipificado en el artículo 79º del Reglamento para Fondos Concursables de Proyectos y/o Programas de Responsabilidad Social Universitaria, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 244-2023/CO­ UNCA, de fecha 04 de abril de 2023,. ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la Fase Instructiva es instaurada por la Presidencia de la Comisión Organizadora con la emisión y notificación de la Resolución de Apertura de Procedimiento Administrativo Disciplinario y culmina con la emisión del Informe Final del Tribunal de Honor, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento del Tribunal de Honor. ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER que la Fase Sancionadora está a cargo del Consejo Universitario y se inicia desde la recepción del Informe Final del Tribunal de Honor, hasta la emisión y notificación de la Resolución de imposición de sanción administrativa disciplinaria o la resolución disponiendo el archivamiento del PAD, conforme al artículo 30 del Reglamento del Tribunal de Honor. ARTÍCULO CUARTO.- CONCEDER a los Docentes, Dr. Jorge Wilmer Elías Silupu y Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la notificación de la presente resolución, a fin de que pueda realizar su descargo y, en caso lo considere pertinente, pueda solicitar informe oral ante el Tribunal de Honor, de conformidad con el artículo 35, numeral 2 del Reglamento del Tribunal de Honor. ARTÍCULO QUINTO.- HACER CONOCER al procesado que, tiene durante el desarrollo del Procedimiento Administrativo Disciplinario, se le deben respetar las siguientes garantías fundamentales: - Igualdad de Trato y de oportunidad, sin discriminación. - lrrenunciabilidad de los derechos reconocidos por la Constitución, Leyes, normas generales, especiales e internas. - Tomar conocimiento de la denuncia interpuesta en su contra y todos los actuados. - Tener acceso al expediente, personalmente o a través de su abogado siempre que haya sido debidamente apersonado al proceso. - A ser notificado de todo acto administrativo que se emita dentro del proceso, salvo aquellos que tengan carácter confidencial. - Ejercer su derecho de defensa. - Otras previstas en las normas generales de aplicación supletoria. ARTÍCULO SEXTO.- INFORMAR al procesado que durante el desarrollo del Procedimiento Administrativo Disciplinario, así como tiene derecho a las garantías de un debido proceso, también tiene obligaciones, las cuales de acuerdo al artículo 67 de la citada Ley del Procedimiento Administrativo General, son las siguientes: - Abstenerse de formular pretensiones o articulaciones ilegales, de declarar hechos contrarios a la verdad o no confirmados como si fueran fehacientes, de solicitar actuaciones meramente dilatorias, o de cualquier otro modo afectar el principio de conducta procedimental. - Prestar su colaboración para el pertinente esclarecimiento de los hechos. - Proporcionar a la autoridad cualquier información dirigida a identificar a otros administrados no comparecientes con interés legítimo en el procedimiento. - Comprobar previamente a su presentación ante la entidad, la autenticidad de la documentación sucedánea y de cualquier otra información que se ampare en la presunción de veracidad. ARTÍCULO SÉPTIMO.- NOTIFICAR al Dr. Jorge Wilmer Elías Silupu, Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, al Tribunal de Honor, el despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Unidad de Recursos Humanos y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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156 2024 118 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 118-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- FORMALIZAR las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, conforme al anexo que se adjunta a la presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución... ARTÍCULO PRIMERO.- FORMALIZAR las modificaciones presupuestarias efectuadas en el nivel funcional programático, conforme al anexo que se adjunta a la presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución se sustenta en las “Notas para Modificación Presupuestaria” emitidas durante el mes de noviembre de 2024. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, REMITIR copia de la presente resolución dentro de los cinco (5) días de aprobada, a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
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157 2024 117 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 117-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- RATIFICAR la Resolución de Comisión Organizadora Nº 409- 2024-CO-UNCA, de fecha 19 de noviembre de 2024, que autoriza el viaje al Responsable de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal de la Universidad Nacional Ciro Alegría, a la ciudad de Lambayeque, con el fin de participar con la delegació... ARTÍCULO PRIMERO.- RATIFICAR la Resolución de Comisión Organizadora Nº 409- 2024-CO-UNCA, de fecha 19 de noviembre de 2024, que autoriza el viaje al Responsable de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal de la Universidad Nacional Ciro Alegría, a la ciudad de Lambayeque, con el fin de participar con la delegación de estudiantes de pregrado del 11 ciclo de la Carrera Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal, en el XIII Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Agrícola y Forestal, desde el 25 al 30 de noviembre de 2024. ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que el Responsable de la Escuela Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal de la UNCA, se incorporará a la Entidad el 02 de diciembre de 2024.
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158 2024 116 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 116-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la desagregación de los recursos corres pondientes a la Transferencia de Partidas autorizadas mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 231-2024-EF, Decreto supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Re... ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR la desagregación de los recursos corres pondientes a la Transferencia de Partidas autorizadas mediante el numeral 1.1 del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 231-2024-EF, Decreto supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, correspondientes al pliego 559. Universidad Nacional Ciro Alegría,hasta por la suma de S/. 2 068 954,00 (Dos millones sesenta y ocho mil novecientos cincuenta y cuatro y 00/100 Soles), por la fuente de financiamiento 1. Recursos Ordinarios ARTÍCULO SEGUNDO.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Unidad Presupuesto del pliego 559: UN Ciro Alegría, realiza las modificaciones presupuestarias como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, REMITIR copia de la presente resolución dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público
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159 2024 115 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 115-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR la subvención econorruca, por el monto total de S/6,000.00 (Seis mil con 00/100 Soles), a favor de 05 estudiantes de pregrado del II ciclo de la Carrera Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal de la Universidad Nacional Giro Alegría, para viaje académico a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo... ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR la subvención econorruca, por el monto total de S/6,000.00 (Seis mil con 00/100 Soles), a favor de 05 estudiantes de pregrado del II ciclo de la Carrera Profesional de Ingeniería Agrícola y Forestal de la Universidad Nacional Giro Alegría, para viaje académico a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, en la ciudad de Lambayeque, desde el 25 al 30 de noviembre de 2024, con la finalidad de participar en el XIII Congreso Nacional de Estudiantes de Ingeniería Agrícola y Forestal, de acuerdo al anexo que se adjunta a la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración realizar las acciones que correspondan a fin de dar cumplimiento a lo resuelto en el articulo precedente.
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160 2024 114 2025-01-21 10:13:27
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 114-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Programa de Transición en el Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público de la Universidad Nacional Ciro Alegría. ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Programa de Transición en el Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público de la Universidad Nacional Ciro Alegría.
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