| N° | Año | Número | Fecha | Documento | Acciones |
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| 121 | 2025 | 5 | 2025-01-27 |
RESOLUCION PRESIDENCIAL N°05-2025/P-UNCA
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR al CPC. Julio Jhonatan Gopia Santa Cruz, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos como responsable de la implementación del Modelo de Integridad en la Universidad Nacional Ciro Alegría.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos el cumplimiento de la Directiva Nº 001-2024-PCM/S...
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR al CPC. Julio Jhonatan Gopia Santa Cruz, Jefe de la Unidad de Recursos Humanos como responsable de la implementación del Modelo de Integridad en la Universidad Nacional Ciro Alegría.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Jefe de la Unidad de Recursos Humanos el cumplimiento de la Directiva Nº 001-2024-PCM/SIP "Directiva para la incorporación y ejercicio de la función de integridad en las entidades de la administración pública".
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, CPC. Julio Jhonatan Gopia Santa Cruz, Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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| 122 | 2025 | 4 | 2025-01-10 |
RESOLUCION PRESIDENCIAL N°004-2025/P-UNCA
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR al Ing. Carlos Eduardo Torres Quito, Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la UNCA, como Responsable de Seguridad de la Información en la Universidad Nacional Giro Alegría, a partir del 10 de enero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidenci...
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR al Ing. Carlos Eduardo Torres Quito, Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información de la UNCA, como Responsable de Seguridad de la Información en la Universidad Nacional Giro Alegría, a partir del 10 de enero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración, Unidad de Recursos Humanos, lng. Carlos Eduardo Torres Quito, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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| 123 | 2025 | 3 | 2025-01-10 |
RESOLUCION PRESIDENCIAL N°03-2025/P-UNCA
ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Presidencia Nº 076-2024/P-UNCA, de fecha 01 de agosto de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DELEGAR las siguientes funciones, facultades y atribuciones en favor del Lic. Juber Jhoel Delgado Monteza, Director General de Administración de la Universidad Nacional Giro Alegría, en aplicaci...
ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Presidencia Nº 076-2024/P-UNCA, de fecha 01 de agosto de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DELEGAR las siguientes funciones, facultades y atribuciones en favor del Lic. Juber Jhoel Delgado Monteza, Director General de Administración de la Universidad Nacional Giro Alegría, en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de llevar a cabo lo siguiente:
1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificatorias.
2. Aprobar expedientes de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios, obras y consultorías.
3. Aprobar las Bases Administrativas de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contrataciones de servicios y ejecución de obras, consultoría en general y consultoría de obras.
4. Designar, suplir y renovar a los miembros titulares y suplentes de los Comités de Selección.
5. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, siempre y cuando se cuente con la disponibilidad presupuesta! necesaria, conforme a lo previsto en el artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 157 del Reglamento.
6. Celebrar contratos derivados de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios, obras y consultorías en general, así como suscribir adendas para su modificación conforme a lo prescrito en el artículo 32 de la Ley y los artículos 136, 158 y 160 del Reglamento.
7. Aprobar la resolución de contratos celebrados para adjudicación de bienes, consultoría de obras, contratación de servicios y ejecución de obras de conformidad con el artículo 36 de la Ley y los artículos 164 y 165 del Reglamento.
8. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y otras modificaciones contractuales de conformidad con el artículo 34 de la Ley y los artículos 136, 158 y 160 del Reglamento.
9. Designar a los miembros del comité de recepción de bienes, servicios y ejecución de obras de conformidad a lo establecido en el artículo 168 del Reglamento.
1 O. Aprobar la cancelación del procedimiento de selección, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley y el artículo 67 del Reglamento.
11. Aprobar las liquidaciones de obras y/o consultorías de obra.
12. Suscribir contratos correspondientes a las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías de obras menores a 8 UIT.
13. Aprobar Fichas Técnicas y Expedientes Técnicos.
14. Declarar la nulidad de los procesos de selección en los que, el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225 y sus modificatorias.
15. Aprobar las prestaciones adicionales de obra y deductivo.
16. Declarar la perdida de la Buena Pro de Procesos de Selección.
17. Aprobar el reconocimiento de adeudos, créditos, devengados y devolución de recursos en general derivados de los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, Reglamento de Procedimiento Administrativo para el Reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado y demás normas conexas.
18. Aprobar las Directivas administrativas de su competencia.
19. Aceptar las donaciones de bienes muebles, inmuebles, prestaciones de servicios o donaciones dinerarias a favor de la entidad, previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los informes técnicos y legales que sobre el particular vayan a expedirse.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, la delegación de funciones y atribuciones dispuestas en la presente resolución comprende la atribución de emitir acto resolutivo correspondiente, sin menoscabo de respetar y cumplir los requisitos y procedimientos legales establecidos en el ordenamiento jurídico para cada caso en concreto, en observancia de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER al Lic. Juber Jhoel Delgado Monteza, Director General de Administración de la UNCA, informe oportunamente al despacho de Presidencia sobre el desarrollo de cada función, facultad y/o atribución delegada en materia de contrataciones del Estado, bajo responsabilidad funcional.
ARTÍCULO QUINTO.- DEJAR SIN EFECTO todo documento o acto administrativo que se oponga a la presente resolución.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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| 124 | 2025 | 2 | 2025-01-31 12:12:05 |
RESOL. PRESIDENCIAL N° 002-2025- DESIGNAR EN LA SECRETARIA TECNICA AL MG. JEAN EBERE CRUZ IGLESIAS
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la Abog. Jessy Solano
Hurtado en el cargo de Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos
Disciplinarios de la UNCA, hasta el 1 O de enero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR al Mg. Abog. Jean Ebere Cruz Iglesias, Secretario
General de la UNCA, en adición a sus...
ARTÍCULO PRIMERO.- DAR POR CONCLUIDA la designación de la Abog. Jessy Solano
Hurtado en el cargo de Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos
Disciplinarios de la UNCA, hasta el 1 O de enero de 2025.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DESIGNAR al Mg. Abog. Jean Ebere Cruz Iglesias, Secretario
General de la UNCA, en adición a sus funciones, como SECRETARIO TÉCNICO de
Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Universidad Nacional Ciro
Alegría, a partir del 13 de enero de 2025.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidencia,
Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de
Administración, Unidad de Recursos Humanos, Secretaria Técnica, Abog. Jessy Solano
Hurtado, Mg. Abog. Jean Ebere Cruz Iglesias, para conocimiento, cumplimiento y fines
pertinentes
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| 125 | 2025 | 1 | 2025-01-31 12:11:46 |
RESOL. N° 001-2025- MODIFICACIONES PRESUPUESTAL DICIEMBRE
ARTÍCULO PRIMERO.- FORMALIZAR las modificaciones presupuestarias
efectuadas en el nivel funcional programático, conforme al anexo que se adjunta a la
presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resoluci...
ARTÍCULO PRIMERO.- FORMALIZAR las modificaciones presupuestarias
efectuadas en el nivel funcional programático, conforme al anexo que se adjunta a la
presente resolución, en el marco de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La presente resolución se sustenta en las "Notas para
Modificación Presupuestaria" emitidas durante el mes de diciembre de 2024.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
REMITIR copia de la presente resolución dentro de los cinco (5) días de aprobada, a
la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente resolución al Despacho de
Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Presupuesto y Funcionario Responsable de
Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA para conocimiento,
cumplimiento y fines pertinentes.
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| 126 | 2024 | 123 | 2025-01-21 10:13:27 |
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 123-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR al Lic. Víctor Esteban Campos Urbano, Asesor de la
Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Giro Alegría, la
Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad, a partir de 02 de enero de 2025, con las
responsabilidades inherentes al cargo.
ARTÍCULO PRIMERO.- ENCARGAR al Lic. Víctor Esteban Campos Urbano, Asesor de la
Presidencia de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Giro Alegría, la
Jefatura de la Oficina de Gestión de la Calidad, a partir de 02 de enero de 2025, con las
responsabilidades inherentes al cargo.
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| 127 | 2024 | 122 | 2025-01-21 10:13:27 |
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 122-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 de la
Universidad Nacional Ciro Alegría, el mismo que en anexo forma parte de la presente
resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del
Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en e...
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Plan Operativo Institucional (POI) 2025 de la
Universidad Nacional Ciro Alegría, el mismo que en anexo forma parte de la presente
resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del
Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en el
portal de transparencia de la página web institucional.
ARTÍCULO TERCERO.- NOTIFICAR la presente resolución, al Despacho de Presidencia,
Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación y Oficina de Planeamiento y
Presupuesto para conocimiento, cumplimiento y fines pertinente
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| 128 | 2024 | 121 | 2025-01-21 10:13:27 |
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 121-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de
Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N. Ciro Alegría de acuerdo
con lo siguiente:
En Soles
Gasto Corriente
16 363 705
Gasto de Capital
8 540 472
Total 24 904 177
El desagregado del gasto está de...
ARTÍCULO PRIMERO.- APROBAR el Presupuesto Institucional de Apertura de
Gastos correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N. Ciro Alegría de acuerdo
con lo siguiente:
En Soles
Gasto Corriente
16 363 705
Gasto de Capital
8 540 472
Total 24 904 177
El desagregado del gasto está detallado en el Anexo 2 “Presupuesto Institucional de
Apertura de los Gastos”, proporcionado por la Dirección General de Presupuesto Público
(DGPP) del Ministerio de Economía y Finanzas, y forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO SEGUNDO.- APROBAR los recursos que financian el Presupuesto
Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año fiscal 2025 del pliego 559: U.N.
Ciro Alegría por fuentes de financiamiento de acuerdo con lo siguiente:
En Soles
Recursos Ordinarios
16 363 705
Recursos Determinados
8 540 472
Total 24 904 177
El desagregado del ingreso está detallado en el Anexo 1 “Presupuesto Institucional de
Apertura de los Ingresos por Partidas”, proporcionado por la Dirección General de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que forma parte
de la presente resolución.
ARTÍCULO TERCERO.- Aprobar la Estructura Programática y la Estructura Funcional
correspondiente al año fiscal 2025, conforme se detalla en los Anexos 3 y 4
proporcionados por la Dirección General de Presupuesto Público y que forman parte de
la presente resolución.
ARTÍCULO CUARTO.- La Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus
veces del pliego 559: U.N. Ciro Alegría es responsable del seguimiento y control del
proceso presupuestario, teniendo en cuenta el desagregado de los gastos y los recursos
que lo financian, establecidos en los artículos 1 y 2 de la presente resolución.
ARTÍCULO QUINTO.- Copia de la presente resolución es remitida a los organismos
señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto
Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público: Comisión de Presupuesto y
Cuenta General de la República del Congreso de la República, Contraloría General de
la República, y Dirección General de Presupuesto Público.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR la presente resolución al despacho de Presidencia,
Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de
Administración, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Unidad de Presupuesto y
Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA
para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.
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| 129 | 2024 | 120 | 2025-01-21 10:13:27 |
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 120-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO. - SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO en contra de la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, Docente
Principal a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, en vista de
encontrarse actualmente en trámite un proceso ante el Poder Judicial con el Expediente
Judicial Nº00132-202...
ARTÍCULO PRIMERO. - SUSPENDER EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
DISCIPLINARIO en contra de la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, Docente
Principal a Tiempo Completo de la Universidad Nacional Ciro Alegría, en vista de
encontrarse actualmente en trámite un proceso ante el Poder Judicial con el Expediente
Judicial Nº00132-2023-0-1608-JR-Cl-01 - Juzgado Civil Transitorio de Huamachuco.
ARTÍCULO SEGUNDO. - NOTIFICAR a la Docente Cecilia Edith García Rivas Plata, al
Tribunal de Honor, al despacho de Presidencia, para conocimiento, cumplimiento y fines
pertinentes.
ARTÍCULO TERCERO. - Devolver el expediente y anexos al Tribunal de Honor, a fin lo
mantenga en custodia.
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| 130 | 2024 | 119 | 2025-01-21 10:13:27 |
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 119-2024-UNCA-P
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los docentes Dr. Jorge Wilmer E lías
Silupu y Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, Docentes Auxiliares a Tiempo Completo de
la Universidad Nacional Ciro Alegría, por la presunta comisión de la Infracción grave de
haber plagiado total ...
ARTÍCULO PRIMERO.- DISPONER EL INICIO DEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO en contra de los docentes Dr. Jorge Wilmer E lías
Silupu y Dra. Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, Docentes Auxiliares a Tiempo Completo de
la Universidad Nacional Ciro Alegría, por la presunta comisión de la Infracción grave de
haber plagiado total o parcialmente otros proyectos y/o programas, y falsificar datos para
señalar el logro de los objetivos del Proyecto de RSU denominado: "Evaluación de la
Calidad de Agua del Sistema de Abastecimiento y el Grado de Satisfacción en la Población
de Huamachuco, Provincia Sánchez Carrión", tipificado en el artículo 79º del Reglamento
para Fondos Concursables de Proyectos y/o Programas de Responsabilidad Social
Universitaria, aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 244-2023/CO
UNCA, de fecha 04 de abril de 2023,.
ARTÍCULO SEGUNDO.- ESTABLECER que la Fase Instructiva es instaurada por la
Presidencia de la Comisión Organizadora con la emisión y notificación de la Resolución de
Apertura de Procedimiento Administrativo Disciplinario y culmina con la emisión del Informe
Final del Tribunal de Honor, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento del Tribunal
de Honor.
ARTÍCULO TERCERO.- ESTABLECER que la Fase Sancionadora está a cargo del
Consejo Universitario y se inicia desde la recepción del Informe Final del Tribunal de Honor,
hasta la emisión y notificación de la Resolución de imposición de sanción administrativa
disciplinaria o la resolución disponiendo el archivamiento del PAD, conforme al artículo 30
del Reglamento del Tribunal de Honor.
ARTÍCULO CUARTO.- CONCEDER a los Docentes, Dr. Jorge Wilmer Elías Silupu y Dra.
Blanca Nelly Gutiérrez Pérez, el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde la
notificación de la presente resolución, a fin de que pueda realizar su descargo y, en caso lo
considere pertinente, pueda solicitar informe oral ante el Tribunal de Honor, de conformidad
con el artículo 35, numeral 2 del Reglamento del Tribunal de Honor.
ARTÍCULO QUINTO.- HACER CONOCER al procesado que, tiene durante el desarrollo
del Procedimiento Administrativo Disciplinario, se le deben respetar las siguientes
garantías fundamentales:
- Igualdad de Trato y de oportunidad, sin discriminación.
- lrrenunciabilidad de los derechos reconocidos por la Constitución, Leyes, normas
generales, especiales e internas.
- Tomar conocimiento de la denuncia interpuesta en su contra y todos los actuados.
- Tener acceso al expediente, personalmente o a través de su abogado siempre que
haya sido debidamente apersonado al proceso.
- A ser notificado de todo acto administrativo que se emita dentro del proceso, salvo
aquellos que tengan carácter confidencial.
- Ejercer su derecho de defensa.
- Otras previstas en las normas generales de aplicación supletoria.
ARTÍCULO SEXTO.- INFORMAR al procesado que durante el desarrollo del
Procedimiento Administrativo Disciplinario, así como tiene derecho a las garantías de un
debido proceso, también tiene obligaciones, las cuales de acuerdo al artículo 67 de la
citada Ley del Procedimiento Administrativo General, son las siguientes:
- Abstenerse de formular pretensiones o articulaciones ilegales, de declarar hechos
contrarios a la verdad o no confirmados como si fueran fehacientes, de solicitar
actuaciones meramente dilatorias, o de cualquier otro modo afectar el principio de
conducta procedimental.
- Prestar su colaboración para el pertinente esclarecimiento de los hechos.
- Proporcionar a la autoridad cualquier información dirigida a identificar a otros
administrados no comparecientes con interés legítimo en el procedimiento.
- Comprobar previamente a su presentación ante la entidad, la autenticidad de la
documentación sucedánea y de cualquier otra información que se ampare en la
presunción de veracidad.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- NOTIFICAR al Dr. Jorge Wilmer Elías Silupu, Dra. Blanca Nelly
Gutiérrez Pérez, al Tribunal de Honor, el despacho de Presidencia, Vicepresidencia
Académica, Vicepresidencia de Investigación, Unidad de Recursos Humanos y
Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para conocimiento,
cumplimiento y fines pertinentes.
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