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Versión 1
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Asunto RESOLUCION PRESIDENCIAL N°03-2025/P-UNCA
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Fecha Documento 2025-01-10
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Fecha Registro 2025-05-06 18:59:07
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Resumen ARTÍCULO PRIMERO.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Presidencia Nº 076-2024/P-UNCA, de fecha 01 de agosto de 2024.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DELEGAR las siguientes funciones, facultades y atribuciones en favor del Lic. Juber Jhoel Delgado Monteza, Director General de Administración de la Universidad Nacional Giro Alegría, en aplicación de la Ley de Contrataciones del Estado, a fin de llevar a cabo lo siguiente:
1. Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificatorias.
2. Aprobar expedientes de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios, obras y consultorías.
3. Aprobar las Bases Administrativas de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes, contrataciones de servicios y ejecución de obras, consultoría en general y consultoría de obras.
4. Designar, suplir y renovar a los miembros titulares y suplentes de los Comités de Selección.
5. Disponer la reducción de bienes y servicios, así como la prestación de servicios adicionales de bienes y servicios, siempre y cuando se cuente con la disponibilidad presupuesta! necesaria, conforme a lo previsto en el artículo 34 de la Ley de Contrataciones del Estado y el artículo 157 del Reglamento.
6. Celebrar contratos derivados de los procedimientos de selección para la adquisición de bienes y la contratación de servicios, obras y consultorías en general, así como suscribir adendas para su modificación conforme a lo prescrito en el artículo 32 de la Ley y los artículos 136, 158 y 160 del Reglamento.
7. Aprobar la resolución de contratos celebrados para adjudicación de bienes, consultoría de obras, contratación de servicios y ejecución de obras de conformidad con el artículo 36 de la Ley y los artículos 164 y 165 del Reglamento.
8. Resolver las solicitudes de ampliación de plazo y otras modificaciones contractuales de conformidad con el artículo 34 de la Ley y los artículos 136, 158 y 160 del Reglamento.
9. Designar a los miembros del comité de recepción de bienes, servicios y ejecución de obras de conformidad a lo establecido en el artículo 168 del Reglamento.
1 O. Aprobar la cancelación del procedimiento de selección, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley y el artículo 67 del Reglamento.
11. Aprobar las liquidaciones de obras y/o consultorías de obra.
12. Suscribir contratos correspondientes a las contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías de obras menores a 8 UIT.
13. Aprobar Fichas Técnicas y Expedientes Técnicos.
14. Declarar la nulidad de los procesos de selección en los que, el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley Nº 30225 y sus modificatorias.
15. Aprobar las prestaciones adicionales de obra y deductivo.
16. Declarar la perdida de la Buena Pro de Procesos de Selección.
17. Aprobar el reconocimiento de adeudos, créditos, devengados y devolución de recursos en general derivados de los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 017-84-PCM, Reglamento de Procedimiento Administrativo para el Reconocimiento y abono de créditos internos y devengados a cargo del Estado y demás normas conexas.
18. Aprobar las Directivas administrativas de su competencia.
19. Aceptar las donaciones de bienes muebles, inmuebles, prestaciones de servicios o donaciones dinerarias a favor de la entidad, previa evaluación de la documentación respectiva, así como de los informes técnicos y legales que sobre el particular vayan a expedirse.
ARTÍCULO TERCERO.- DISPONER que, la delegación de funciones y atribuciones dispuestas en la presente resolución comprende la atribución de emitir acto resolutivo correspondiente, sin menoscabo de respetar y cumplir los requisitos y procedimientos legales establecidos en el ordenamiento jurídico para cada caso en concreto, en observancia de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER al Lic. Juber Jhoel Delgado Monteza, Director General de Administración de la UNCA, informe oportunamente al despacho de Presidencia sobre el desarrollo de cada función, facultad y/o atribución delegada en materia de contrataciones del Estado, bajo responsabilidad funcional.
ARTÍCULO QUINTO.- DEJAR SIN EFECTO todo documento o acto administrativo que se oponga a la presente resolución.
ARTÍCULO SEXTO.- NOTIFICAR al despacho de Presidencia, Vicepresidencia Académica, Vicepresidencia de Investigación, Dirección General de Administración y Responsable de Actualización del Portal de Transparencia, para conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.