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Versión 1
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Asunto RESOLUCION PRESIDENCIAL N°030-2022/P-UNCA
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Fecha Documento 2022-03-02
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Fecha Registro 2025-08-11 09:45:03
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Resumen ARTÍCULO PRIMERO.- DECLARAR la nulidad de oficio del procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada N° 011-2021-UNCA-CS II CONVOCATORIA Contratación del Servicio de Consultoría para la Evaluación del Expediente Técnico denominado “Creación de los Servicios Académicos de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil y Diseño Arquitectónico de la Universidad Nacional Ciro Alegría, Distrito de Huamachuco - Provincia de Sánchez Carrión - Departamento de La Libertad” Código 2509818; por haberse transgredido las normas legales¸ como es el principio de transparencia establecido en el literal c del artículo 2 del TUO de la Ley de Contrataciones del Estado y literal a) del numeral 82.3 Articulo 82 del Reglamento y por haberse prescindido de las normas esenciales del procedimiento; conforme lo señalado en el numeral 2.9 del Informe Legal Nº 014-2022-OAJ- UNCA/MJTA.
ARTÍCULO SEGUNDO.- DISPONER que el procedimiento de selección de Adjudicación Simplificada N° 011-2021-UNCA-CS II CONVOCATORIA Contratación del Servicio de Consultoría para la Evaluación del Expediente Técnico denominado “Creación de los Servicios Académicos de la Escuela Profesional de Ingeniería Civil y Diseño Arquitectónico de la Universidad Nacional Ciro Alegría, Distrito de Huamachuco - Provincia de Sánchez Carrión - Departamento de La Libertad” Código 2509818, se RETROTRAIGA hasta la etapa de CONVOCATORIA, a fin de que se corrija la metodología para la asignación de puntaje de los Factores de Evaluación establecida en el literal A del Capítulo IV (Factores de Evaluación) de la sección específica de las Bases Integradas del procedimiento AS N° 011- 2021-UNCA-CS-II CONVOCATORIA, conforme lo señalado en el numeral 2.9 del Informe Legal Nº 014-2022-OAJ-UNCA/MJTA.
ARTÍCULO TERCERO.- ENCARGAR al Funcionario Responsable de Actualización del Portal de Transparencia de la UNCA, la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia de la página web institucional.
ARTÍCULO CUARTO.- NOTIFICAR la presente resolución, vía correo institucional, al despacho de Presidencia, Dirección General de Administración, Unidad de Abastecimiento y Presidente del Comité de Selección, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes.